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Cambios en Facturación Electrónica CFDI para 2017

El 5 de diciembre de 2016, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) de México publicó de manera anticipada dos especificaciones técnicas que darán lugar a actualizaciones en los CFDI a partir del 1 de julio de 2017.

Cambios en CFDI 2017 SAT

Los objetivos de estas actualizaciones están orientados a garantizar una mejor experiencia de uso en la factura electrónica y, a subsanar incidencias que se van detectando con el tiempo y la aplicación de este sistema.

Se dieron a conocer las especificaciones técnicas del Anexo 20 en su versión 3.3. Esta nueva versión convivirá con la versión actual 3.2 de manera simultánea durante el primer semestre de 2017 para facilitar la adaptación. Esta evolución del CFDI tiene como misión fomentar la calidad de la información contenida en los CFDI para permitir una explotación más efectiva, abriendo la puerta para futuras simplificaciones de trámites o eliminación de reportes.


¿Qué cambios existen en la nueva versión 3.3 de CFDI?

La nueva versión contempla cambios tanto en la estructura, formato de datos, características de los datos, catálogos de datos como en las validaciones y reglas de cálculo. En concreto, destacamos los siguientes cambios:

  • Se aplicarán nuevas reglas de validación para comprobar la coherencia de los datos y evitar posibles errores.

  • Se emplearán 23 catálogos para mejorar la precisión de los datos, algunos aceptados internacionalmente. A través de ellos se designará la información de determinados campos.

  • La información existente se integrará con el proceso de facturación, de modo que en la presentación de las declaraciones algunos campos se presentarán pre-llenados.

¿Cómo funcionará el complemento de recepción de pagos de CFDI?

Por otro lado, en cuanto al complemento de recepción de pagos, en su versión 1.0, deberá incorporarse al CFDI que se expida para confirmar la recepción de pagos en parcialidades y en los casos en que se reciba el pago de la contraprestación en una sola exhibición, pero ésta no sea cubierta al momento de la expedición del CFDI, incluso cuando se trate de operaciones a crédito y estas se paguen totalmente en fecha posterior a la emisión del CFDI correspondiente. Esta versión también entrará en vigor el 1 de julio de 2017 pero habrá que adaptar tecnológicamente los sistemas de gestión o contables para asociar los pagos con sus respectivas facturas.


Si quieres mayor información sobre la nueva versión 3.3 de CFDI, te invitamos a descargar nuestro brochure en el que descubrirás todas sus implicaciones y cómo adoptarlas más fácilmente.


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